Las autoridades en Twitter ahora deben responderte si les haces una solicitud. Al menos eso es lo que dictaminó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Atentos porque los funcionarios públicos ni entidades de gobiernos no están obligadas a darte respuesta en todos los casos. Se deben cumplir ciertas reglas que te voy a contar.
Cómo hacer que te respondan las autoridades en Twitter.
Si bien la Corte dice que las peticiones formuladas a la autoridad mediante Twitter se encuentran protegidas por el artículo 8 constitucional. Pero para que te respondan debe existir confirmación de cuatro puntos.
- La autoridad debe ser titular de la cuenta a la que se le hayan formulado las peticiones.
- Que dicha autoridad haya habilitado normativa o institucionalmente el uso de esa red social como parte del ejercicio de su actuar oficial, aún si ello ocurre a partir de la práctica cotidiana.
- Que existan indicios de que el uso que esa autoridad da a la plataforma es del de captar y, en su caso, responder peticiones, entre otros fines, y no solo un uso mediático o de simple diálogo con los particulares.
- Y que lo externado por el particular implique una genuina petición,, más allá de un comentario u opinión.
Esto se dictaminó tras un amparo promovido por un ciudadano después de que el Ayuntamiento de Guadalajara no le respondiera a tres peticiones en Twitter. Aunque un juez de distrito negó el amparo, la Suprema Corte dijo que en ese caso sí se le debe responder.
Un detalle importante es que la Corte aclaró que problemáticas afines deben analizarse y resolverse caso por caso.
Te cuento más detalles en mi podcast.